Conceptos Básicos

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La aparición y desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) ha traído aparejadas importantes transformaciones en la sociedad moderna.

Una de las áreas en las que más se pone de manifiesto las posibilidades que brindan las Nuevas Tecnologías es en la Administración Pública.

La Administración Electrónica se puede definir como el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración para que, combinadas con ciertos cambios organizativos y nuevas capacidades de los empleados públicos, mejoren la eficacia, la productividad, la agilidad y la comodidad en la prestación de servicios a todos los ciudadanos.

Los conceptos más importantes dentro del ámbito de la Administración Electrónica son:

Sede Electrónica

Es un sitio web que está a disposición de la ciudadanía a través de Internet y del cual es titular una Administración Pública quien se encarga de gestionarlo y administrarlo para proporcionar en todo momento información sobre la administración y servicios de tramitación electrónica que permitan al ciudadano un ahorro de tiempo y desplazamientos.

La Sede Electrónica de la Diputación Provincial  de Teruel está disponible en dpteruel.sedelectronica.es

Identificación electrónica

Los ciudadanos o las empresas pueden identificarse electrónicamente en la Sede Electrónica de la Administración Pública a través de cualquiera de los sistemas que dispongan de un registro previo para garantizar la identidad.

Los Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento administrativo están contemplados en el Art. 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Firma electrónica

La firma electrónica es un conjunto de datos electrónicos que acompañan o que están asociados a un documento electrónico y cuyas funciones básicas son:

  • Identificar al firmante de manera inequívoca.
  • Asegurar la integridad del documento firmado. Asegura que el documento firmado es exactamente el mismo que el original y que no ha sufrido alteración o manipulación.
  • Asegurar el no repudio del documento firmado. Los datos que utiliza el firmante para realizar la firma son únicos y exclusivos y, por tanto, posteriormente, no puede decir que no ha firmado el documento

Los Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas en la sede electrónica son los contemplados en el Art. 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los ciudadanos o las empresas pueden firmar documentos electrónicos mediante cualquier medio que permita acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, así como la integridad y la inalterabilidad del documento.

En el ejercicio de la competencia para la actuación administrativa automatizada, las Administraciones Públicas utilizan como sistemas de firma electrónica, los siguientes:

  • Sello electrónico de la institución.
  • Código seguro de verificación (CSV) vinculado a la Administración Pública que permite el acceso al documento dentro del archivo electrónico. El CSV es un término que designa el código único que identifica un documento electrónico de la Administración. Este código alfanumérico figura en todos los documentos electrónicos emitidos por medios telemáticos y garantiza la autenticidad y la integridad del documento.

 

Uso de medios de identificación y firma electrónica en el procedimiento administrativo (en base al Art. 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas):

  • Con carácter general, para realizar cualquier actuación prevista en el procedimiento administrativo, será suficiente con que los interesados acrediten previamente su identidad a través de cualquiera de los medios de identificación previstos en esta Ley.
  • Las Administraciones Públicas sólo requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma para:
    • Formular solicitudes.
    • Presentar declaraciones responsables o comunicaciones.
    • Interponer recursos.
    • Desistir de acciones.
    • Renunciar a derechos.

Certificado digital

Un Certificado Digital es un documento electrónico que nos permite identificarnos y firmar electrónicamente en los trámites administrativos que se hacen en la sede electrónica de la Administración Pública.

Los certificados digitales admitidos para la identificación y firma electrónica son los emitidos por cualquier prestador de servicios de certificación incluido en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación.

tarjeta criptografica y lector

Tarjeta criptográfica y lector

La Diputación Provincial de Teruel cuenta con una oficina para la expedición de certificados digitales de persona física (ciudadano) de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Puede obtener más información a través del siguiente formulario.

Para la identificación en Sede Electrónica, firma electrónica de documentos y realización de trámites electrónicos es requerido que una vez sea expedido el certificado éste sea instalado en el navegador web del equipo informático o bien en una tarjeta criptográfica (en este caso además es requerido disponer de un lector de tarjetas criptográficas).